jueves, 18 de febrero de 2010

POR UN CONGRESO EXTRAORDINARIO

Un nuevo Tribunal Supremo para el PS. y
Un padrón de verdaderos militantes
Ernesto Benado
En las propuestas del diputado Marcelo Díaz para postularse a la presidencia del PS hay una particularmente interesante y que sería de gran relevancia precisar. Dice en el punto:
9. Nuevo sistema de elección no fraccional y composición del Tribunal Supremo del PS (fijación de requisitos para postular, incluyendo formación académica, trayectoria militante, etc.). No más TS al servicio de las tendencias.
Para que el TS. deje de ser un instrumento de la tendencia mayoritaria o de una alianza de tendencias, habría que cambiar el sistema de elección. Para ello se debería elegir entre listas completas de personalidades que cumplieran ciertos requisitos de idoneidad honestidad y militancia. Cada lista cerrada presentada al TS deberá competir por los votos para ser elegida por el Congreso partidario con un alto quórum del total de los congresales. La Presidencia del TS. será rotativa entre sus miembros.
Debería exigirse a los candidatos integrantes de cada lista una declaración jurada de que en el futuro no militarán en tendencias y que mantendrán completa independencia en sus actuaciones.
Tal vez el cambio más trascendente para el TS del futuro será su disposición para actuar prohibiendo la existencia de fracciones, constituidas al margen de posiciones ideológicas y sólo con el fin de dominar el partido e imponer nombres de funcionarios o candidatos, como es lo que ha existido hasta ahora.
Para ello aclarará que el estatuto partidario en su artículo 51 dice : “En el Partido no podrá existir fracciones , sino solo corrientes de opinión con existencia transitoria y sin disciplina propia.. Como ha sido tradición en el partido se permite, que estas corrientes de opinión puedan emitir documentos internos usando los medios de información partidarios sin limitaciones. .
En cambio el TS. aclarará, que queda prohibido:
a) mantener una estructura jerárquica diferente y paralela a la de estructura regular del partido.
b) establecer códigos de disciplina y la facultad de aplicar castigos a los militantes al margen de los órganos regulares.
c) Efectuar reuniones o asambleas de sólo algunos militantes, sin permitir el acceso a la demás militancia..
d) Tener finanzas propias, salvo lo que deban reunir para difundir sus propuestas al Congreso y realizar su propaganda para las elecciones internas. Se establecerá que en el futuro se imprimirá y distribuirá la propaganda centralmente de manera equitativa para todas las listas.
El TS. recibirá denuncias de cualquier infracción a estas normas y si se comprobara su veracidad procederá a suspender la militancia de los afectados hasta la realización del próximo Congreso ordinario del PS.
El TS aprobará o actualizará el Reglamento interno que permita en un plazo breve refichar a los militantes para que la Dirección Central pueda, utilizando el refichaje ya hecho, que debe ser ratificado por el Congreso o por el Comité Central mandatado por el propio Congreso. Para ello se deberá respetar el estatuto que distingue militantes de adherentes.
Como lo han señalado varios compañeros en la red del PS . lo lógico es cambiar el orden actual de los eventos internos :
Primero convocar a un Congreso Extraordinario que elabore la línea política futura del PS como partido de oposición y apruebe los cambios organizativos requeridos para elegir un nuevo Tribunal Supremo . A posteriori, y con el padrón interno de verdaderos militantes.,convocar a elecciones internas a nivel comunal , regional y nacional.
La Directiva transitoria de consenso elegida y que está en funciones y el próximo Pleno del Comité Central ya convocado para el 6 de Marzo pueden convocar al Congreso Extraordinario, elegir la Comisión Organizadora y establecer la tabla de su convocatoria.,
Esta Tabla , que de acuerdo al Estatuto será la única en discusión debe incluir:
Balance de la elección presidencial y sus resultados
La nueva línea política como partido de oposición .
La elección de un nuevo Tribunal Supremo de acuerdo con normas previamente aprobadas en el propio Congreso.
La elaboración del padrón de militantes.
Febrero 2010

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