viernes, 1 de octubre de 2010

CONSUMIDORES GANAN DEMANDA COLECTIVA

Fallo en Primera demanda Colectiva contra Banco Estado
En nombre de CONADECUS tuvimos la responsabilidad de presentar en Noviembre de 2004 la primera demanda colectiva apenas cuatro meses después de aprobada la Ley de Defensa de los Consumidores que incluía la opción de representar en un solo juicio a los consumidores y usuarios afectados por una trasgresión a esa misma ley. Se estaban cobrando comisiones de mantenimiento a las libretas de ahorro a la vista, que no percibían ningún interés y que eran muy populares en más de un millón de
personas.
La demanda fue cuidadosamente estudiada por varios abogados y finalmente fue presentada por el estudio de don Iván Parra . De acuerdo al sistema, la demanda se ubicó por sorteo en el 14° Juzgado Civil de Santiago e inició su tramitación.
Para sorpresa del Directorio de Conadecus, lo que parecía un procedimiento rápido y sumario se transformó en una larguísima tramitación en la cual se pusieron a prueba todas las deficiencias que tiene la justicia civil chilena hasta completar 72 meses en obtenerse la sentencia de primera instancia.

El BancoEstado, presidido por don Jaime Estévez, contrató al prestigioso estudio Claro y CIA y tan pronto comprobaron que el juicio estaba perdido, dieron instrucciones para demorar la demanda para que fuera el gobierno sucesor de don Ricardo Lagos, el que tuviera que responder por la ilegalidad cometida. Así fue el Gobierno de Michelle Bachelet el que enfrentó la tramitación y con el mismo criterio dieron instrucciones a sus abogados, de dilatar el juicio para que fuera el gobierno siguiente el que hiciera cumplir la sentencia.
A medida que pasaron los años el BancoEstado fue subiendo la comisión de mantenimiento y cuando las libretas de ahorro llegaban a un saldo cero, las cerraban. A veces fueron los propios titulares las que cerraban las cuentas para no perder más dinero .
Se aclaró que una cantidad importante de las libretas gozaban de contratos institucionales y que no se les aplicaban las comisiones . Esto redujo el número de libretas afectadas a poco más de 500.000.- Durante los años transcurridas y por el aumento del valor descontado trimestralmente , sólo quedan como válidas alrededor de 100.000 libretas antiguas y a la vista. A éstas se les ha descontado un valor cercano a los $25.000 a cada una. A los que se les cerró la libreta de ahorro se les descontó una cantidad intermedia entre $2.000 y el valor máximo indicado.

Fue recién en el año 2009 que un juez joven y diligente estudió la demanda se compenetró de la complejidad de la ley 19496 y redactó la sentencia que fue dictada el Martes 28 de Septiembre.
El magistrado sentenció que en los contratos de adhesión ninguna de las partes puede arrogarse el derecho de incluir cláusulas nuevas sin el acuerdo de la otra parte .Es lo que la ley del consumidor denomina cláusulas abusivas. Además y como punto importantísimo ha quedado establecido que en Demandas Colectivas la ley del Consumidor tiene primacía sobre las leyes especiales sea esta la ley de Bancos,la ley de Telecomunicaciones, las de Concesiones (autopistas) , las de Empresas Sanitarias, Aeronáutica civil y otras.

¿Qué sigue ahora?

El último ex presidente de BancoEstado, Sr. Mardones manifestó en entrevista con Conadecus que la institución apelaría en todas las instancias, incluso la Corte Suprema para defender el dinero del Estado. Ahora que hay una sentencia de primera instancia se sabe que no es dinero del estado, sino dinero de los ahorristas ilegalmente descontado por el banco.

Hay por lo tanto una buena razón para pensar que las nuevas autoridades, puedan decidir devolver el dinero a los cuentaahorristas, reconocer la ilegalidad y reabrir las libretas a quienes así lo deseen.
A favor de esta alternativa está el hecho que ninguno de los miembros del directorio del banco, ni de su gerencia general ni de la Fiscalía que tomaron la decisión ilegal, ocupa esos cargos.
No hay intereses y prestigio personal en juego.
Pero si aún así decidieran seguir demorando la devolución del dinero, la sentencia de primera instancia tiene una implicancia clara en la ley de la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras (SBIF). Exige que con una sentencia de primera instancia se considere el compromiso como una deuda que debe respaldarse con una provisión que resguarde su pago y se debite de las utilidades. La ley señala que el gerente que no cumpla esa disposición será castigado con prisión.
El Gerente General del BancoEstado Sr. Pablo Piñera tiene en su mano enmendar el rumbo de sus antecesores en las medidas ilegales adoptadas contra los clientes del propio banco.

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